El pasado 13 de Abril de 2013 se publicó en el BOE el Real Decreto
235/2013, por el que se regula, entre otras cosas, la acreditación para la
certificación energética de los edificios.
En este Real Decreto se establece en su artículo 5, la responsabilidad
del propietario del inmueble de encargar la realización de la Certificación
Energética del mismo, así como de su conservación.
A partir del 1 de junio de 2013 será obligación del propietario que
quiera alquilar o vender su propiedad, disponer del certificado energético. El
objetivo de esta norma es que arrendatarios y/o compradores estén informados
del rendimiento energético y el mantenimiento que tendrá la propiedad alquilada
y/o comprada.
Todos los inmuebles deberán acreditar
cuál es su certificación energética, igual que si se tratara de una lavadora o
un frigorífico. Son las famosas letras que equivalen a un mayor (letra A) o
menor (letra G) grado de emisiones de CO2.
Sepa, por tanto, todas las claves
para poder obtener dicha calificación sin sobresaltos.
¿Qué edificios están obligados a
contar con el nuevo certificado de calificación energética aprobado por el
Gobierno?
La obligatoriedad es para todas las
operaciones de venta o alquiler de viviendas que se produzcan a partir del
próximo 1 de junio.
¿A dónde deben dirigirse sus
propietarios para tramitar su concesión?
Los encargados de otorgarlas son
los técnicos certificadores ya homologados y aquellos que reciban formación del
IDAE, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía. Se deberá hacer
uso de los programas informáticos para certificar CE3 y CE3X. Estos programas
generan un documento reconocido que certifica la eficiencia energética de los
edificios según la escala de la A a la G y además incluyen recomendaciones para
la mejora de dicha eficiencia.
¿Qué parámetros medirá la
consecución de dicho certificado?
Tendrá en cuenta la ubicación de la vivienda, su zona climática, los metros
cuadrados de superficie, el sistema de ventanas, el tipo de inmueble, si se han
efectuado con anterioridad rehabilitaciones, la antigüedad y sus sistemas de
calefacción y refrigeración, entre otros. Con todo ello se genera un volumen de
emisiones de CO2 que equivale a una escala de letras de la A a la G en función
de si el inmueble es más o menos eficiente.
¿Qué coste tendrá la obtención de
este certificado para el propietario de la vivienda?
Gobierno y empresas privadas no se
ponen de acuerdo sobre las cuantías. Algunas fuentes lo sitúan en torno a 90
euros si se trata de un piso o inmueble promedio. Otras fuentes del sector
privado lo sitúan entre unos 300 y 600 euros, según sea una casa unifamiliar o
no y en función de su superficie.
¿Para qué sirve obtener dicho
certificado?
El objetivo último es mejorar la
eficiencia energética, fomentando el ahorro y el uso de las llamadas energías
limpias. Tal y como ocurre en la actualidad con los electrodomésticos, la
catalogación con una letra del grado de emisiones contaminantes de una casa
permitirá comparar unos edificios con otros, de tal manera que se convertirá en
un activo más a la hora de calcular su valor económico. Igual que los
lavavajillas con mejores prestaciones en materia de eficiencia energética son
mejor valorados por los consumidores por los ahorros en la factura eléctrica que
generan, cuando una casa cuente con un certificado A, querrá decir que residir
en ella es más confortable y genera más ahorros que hacerlo en otra con peor
calificación.
P¿Qué ocurre si un ciudadano que va a
comprar o alquilar una vivienda detecta que ese inmueble no tiene el
correspondiente certificado?
Esa es una cuestión que aún no se
ha definido en el nuevo marco regulatorio, ya que se trata de un anteproyecto
de ley que deberá tramitarse en las Cortes, y que el Ejecutivo ya ha pedido que
se tramite por el procedimiento de urgencia. Por tanto, se desconoce si se
articulará un sistema de sanciones para quienes incumplan la normativa. Fuentes
de las empresas certificadoras consideran que serán los potenciales inquilinos
y compradores de viviendas quienes con su exigencia de conocer la certificación
energética de un edificio acabarán imponiendo su obligatoriedad.
Una vez emitido, ¿hasta cuándo
tendrá vigencia el certificado?
El periodo de validez está previsto
que sea de 10 años.
¿Qué significado tienen las
distintas letras que componen la clasificación?
La escala de clasificación está
basada en las emisiones de CO2 y son resultado de la división entre las
emisiones del inmueble en cuestión y otro de similares características que
cumpla o bien los requisitos del Código Técnico de la Edificación (viviendas
construidas a partir de su entrada en vigor en 2007) o para edificios
anteriores a esa fecha los valores medios de emisiones que registren inmuebles
de características parecidas. Trasladar esos parámetros a una escala de letras
será complicado, ya que dependerá del tipo de piso, localización y año de
construcción.
¿Qué ocurre si en una primera
evaluación el certificado resultante es el que otorga la peor calificación?
Se podrán realizar las obras que
sean necesarias para mejorar la eficiencia energética de su hogar. Las empresas
dedicadas a esta actividad aseguran que existen soluciones para todos los
bolsillos que además se acometen sin necesidad de hacer largas y molestas obras
y cuyos efectos son ostensibles ahorros. Como ejemplo la inyección de lana mineral en las fachadas. Una solución
que permite un ahorro desde el 25% en la factura energética y puede estar lista
en apenas 24 horas. Además, el plan de vivienda contempla subvenciones que
aminoran el coste de esta clase de reformas para las comunidades de vecinos.
Fuente: Cinco Días